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El Consejo de Ministros ha aprobado una serie de medidas para beneficiar a las personas con discapacidad, como el decreto que permitirá jubilarse a los discapacitados a los 58 años siempre y cuando presenten un grado de discapacidad igual o superior al 45%, cuando se trate de discapacidades en las que se evidencie una reducción en la esperanza de vida de las personas afectadas.
Para el cálculo de la pensión de jubilación, hay que cumplir una serie de requisitos, aparte de la edad de 65 años, y uno de ellos es tener cotizados 15 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.